Sistema
Sueldos y Jornales para Windows
Cómo
realizar los cálculos de las contribuciones patronales utilizando
las nuevas alícuotas de reducción según Decreto 96/99. Incluye
pasos a seguir para la presentación de la DDJJ mensual según R.G.
432/99.
Mediante el Decreto
1520/98 publicado en B.O. del 31 de Diciembre de 1998, se dispone
la reducción de las contribuciones patronales.
Se establece además
que dicha reducción será de aplicación en forma progresiva en tres
etapas para las remuneraciones que se devenguen a partir del 1 de
abril, 1 de agosto y 1 de diciembre de 1999.
- Artículo
1: dispónese la disminución de las contribuciones a cargo
de los empleadores sobre la nómina de salarios con destino al
sistema único de la Seguridad social, las que quedarán fijadas
en la alícuotas que, para las distintas áeras y regiones que se
categorizan en el Anexo I, se detallan en el Anexo II, III, y
IV según fueren los períodos alcanzados con el beneficio.
- Artículo
2: Las nuevas alícuotas indicadas en los anexos
II, III y IV serán de aplicación para las remuneraciones que se
devenguen a partir del 1ro Abril, 1ro de Agosto y 1ro de Diciembre
de 1999 respectivamente.
El dia 15 de febrero
de 1999 se publica en B.O. el Decreto 96/99, en el cual se dispone
un adelanto en el cronograma de reducción de las contribuciones
patronales, el que sólo será aplicable a las actividades referidas
a la Producción Primaria y a la Industrial.
Dicha reducción se
aplica a las remuneraciones que se devenguen desde el 1 de febrero
hasta el 31 de julio de 1999.
- Artículo
2: las nuevas alícuotas en el anexo citado en la útilma
parte del artículo 1 solo serán de aplicación para las actividades
referidas a la Producción Primaria y a la Industria respecto de
las remuneraciones que se devenguen desde el 1ro de Febrero hasta
el 31 de Julio de 1999.
Para una correcta implementación
del Decreto 96/99 en el Sistema de Sueldos y Jornales para
entorno Windows, detallamos los pasos a seguir según su caso:
Explicamos a continuación
cada caso en particular:
Caso
1: la empresa a liquidar contempla únicamente personal dedicado
a la actividad Producción Primaria y a la Industria
- Acceder al Administrador
de Sueldos
Ingresar para ello
a:
Inicio |
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Programas |
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Sistemas
Bejerman |
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Sistemas Bejerman |
Si al momento de
ingresar aun no se han definido Usuarios, indicar ADMIN
como nombre de Usuario y elegir Aceptar (dejando
la contraseña en blanco).
Seleccionar en el
menú:
Sueldos
y Jornales |
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Ä
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Administrador
de SJ |
- Hacer doble click
sobre la empresa en la que se desea aplicar el presente Decreto.
Seleccione
la tabla CONTRIBUCIONES PATRONALES, y hacer click
sobre el botón Modificar.
Ingresar
las nuevas alícuotas vigentes para cada uno de los Lugares de
Pago que se encuentren amparados por el Decreto 96/99.
Los
nuevos valores de alícuotas a ingresar, para las distintas
áreas y regiones se encuentran detalladas en el Anexo correspondiente
al Decreto 96/99.
Realizadas
las modificaciones, hacer click en el botón Aceptar.
Finalmente,
para abandonar el módulo, hacer click sobre el botón Cerrar.
Caso
2: la empresa a liquidar contempla sólo algunos legajos encuadrados
en la actividad Producción Primaria y a la Industria
- Acceder
al Administrador de Sueldos
Ingresar
para ello a:
Inicio |
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Programas |
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Sistemas
Bejerman |
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Sistemas
Bejerman |
Si
al momento de ingresar aun no se han definido Usuarios, indicar
ADMIN como nombre de Usuario y elegir Aceptar
(dejando la contraseña en blanco).
Seleccionar
en el menú:
Sueldos
y Jornales |
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Administrador
de SJ |
- Hacer
doble click sobre la empresa en la que se desea aplicar el presente
Decreto.
Puesto
que es posible encontrar para un mismo lugar de pago sólo algunos
legajos cuya actividad se refiera a la Producción Primaria y a
la Industria, es indispensable discriminarlos del resto a fin
de aplicar los niveles de reducción estipulados, según Decreto,
sólo a éste grupo.
Por
lo tanto, será necesario incorporar un nuevo lugar de pago que
identifique a dichos legajos.
Dar
de alta el nuevo Lugar de Pago.
Para
ello, hacer click sobre el botón Agregar.
Ingresar
la totalidad de los datos solicitados, Se recuerda que para permitir
el ingreso de un nuevo dato es necesario moverse a lo largo de
la grilla de carga mediante el uso del mouse o presionando la
tecla <TAB>.
Finalmente,
seleccionar el botón Aceptar para confirmar el ingreso. Para abandonar
la sesión, hacer click sobre el botón Cancelar.
Por
último, para salir del módulo, hacer click sobre el botón Cerrar.
Posteriormente
en la tabla auxiliar CONTRIBUCIONES PATRONALES,
se deberán indicar las nuevas alícuotas vigentes para este nuevo
Lugar de Pago definido.
Para
ello, de la solapa Tablas, seleccionar la opción
Tablas auxiliares.
Seleccione
la tabla CONTRIBUCIONES PATRONALES, y hacer click
sobre el botón Modificar.
Ingresar
las nuevas alícuotas vigentes para el nuevo Lugar de Pago, creado
en el punto anterior.
Los
nuevos valores de alícuotas a ingresar, para las distintas
áreas y regiones se encuentran detalladas en el Anexo correspondiente
al Decreto 96/99.
Realizadas
las modificaciones anteriores, hacer click en el botón Aceptar.
Finalmente,
para salir del módulo, hacer click sobre el botón Cerrar.
- Acceder
luego al Sistema de Sueldos y Jornales.
Para
ello ingresar a:
Inicio |
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Programas |
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Sistemas
Bejerman |
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Sistemas
Bejerman |
Si
al momento de ingresar aun no se han definido Usuarios, indicar
ADMIN como nombre de Usuario y elegir Aceptar
(dejando la contraseña en blanco).
Sueldos
y Jornales |
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Ä
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Administrador
de SJ |
- Hacer
doble click sobre la empresa en la que se desea aplicar el presente
Decreto.
- Seleccionar
de la barra de menúes la opción Consultas. Se presenta
un menú desplegable, debiendo seleccionar el punto Personal.
Se
presenta en pantalla una ventana que permite filtrar la consulta
de legajos. Haciendo click sobre el botón Consultar
se permite visualizar la totalidad de los mismos.
Cumplido
el filtro de búsqueda aparece en pantalla:
- Cumplida
la búsqueda de legajos, colocar el puntero del mouse sobre cada
uno y hacer doble click.
Se
presentan en pantalla los datos del legajo:
Hacer
click sobre el botón Modificar.
Seleccionar
la solapa Datos Laborables.
Modificar
el dato Lugar de Pago del ítem Encuadramiento
dentro de la empresa, debiendo asociar el nuevo Lugar
de Pago definido en los puntos anteriores.
Realizados
el cambio, hacer click en el botón Aceptar.
Repetir
este procedimiento para cada uno de los legajos en los que sea
necesario aplicar las nuevas alícuotas de reducción, asociadas
al nuevo Lugar de Pago.
Por
último, hacer click sobre el botón Cerrar para abandonar
el módulo.
Cómo
realizar la presentación de la DDJJ mensual:
De
acuerdo a la Resolución 432/99, se establece el mecanismo para la
presentación de la DDJJ.
La
misma indica:
- Articulo
2: a los fines de aplicación de la disminución de contribuciones
a que se refiere el artículo anterior, por aquellas devengadas
a partir del 1 de febrero de 1999, los empleadores deberán presentar
una nota - de solicitud de alta en el regimen dispuesto por el
Decreto 96/99 - que deberá responder al modelo contenido en el
Anexo I de la presente, ante la dependencia de este organismo
en la que se encuentren inscriptos, hasta el último día hábil
del mes de marzo de 1999, inclusive.
La
nota a que se refiere el párrafo anterior también deberá presentarse
cuando corresponda efectuar la modificación de la condición frente
al regimen.
La
presentación de la nota de modificación que pueda corresponder
se realizará dentro del mes en el que se produce el devengamiento
de las obligaciones respecto de las cuales cambia la ccondición
frente al regimen.
- Articulo
3: la determinación e ingreso de las obligaciones devengadas
a partir del 1 de febrero de 1999, inclusive se realizará
utilizando el programa aplicativo "DGI-SIJP. GENERACION DE
DECLARACION JURADA - Versión 9.2.", atendiéndose las
siguientes indicaciones:
- La
cobertura de datos para la confección de la DDJJ se efectuará
aplicando las mismas normas que las empleadas para liquidar
los aportes y contribuciones correspondientes al mes de enero
de 1999.
- En
el campo "Contribuciones a Ingresar" del campo "Regimen
Nacional de Seguridad Social" de la pantalla "4 de
4", en el lugar del monto a ingresar resultante del proceso
indicado en el punto 1. precedente, deberá consignarse el monto
determinado de acuerdo con el artículo 4 de esta Resolución
General.
- Artículo
4: a los efectos de la determinación del monto de las
contribuciones a pagar, a que se refiere el artículo anterior,
deberán utilizarse - según la categorización que corresponda por
áreas y regiones previstas en el Decreto 1520 del 24 de diciembre
de 1998- las respectivas alícuotas indicadas en las tablas del
Anexo II de la presente Resolución General.
Esta
determinación se realizará en papeles de trabajo que deber;an
encontrarse a disposición del personal fiscalizador de este Organismo,
en caso de ser requeridos en actos de verificación.
Cómo
determinar el monto a informar en el Sistema DGI-SIJP, utilizando
los informes de la liquidación emitidos por el Sistema de Sueldos
y Jornales
Cumplidos
los pasos anteriores, el Sistema estará en condiciones
de emitir el Listado de Aportes y Contribuciones, aplicando
en forma correcta las nuevas alícuotas de reducción.
Dicho
listado se obtiene ingresando al punto Generación de informes legales
y de Control del Menú General del Sistema de Sueldos y Jornales
para entorno Windows.
Seleccionar
el tipo de informe DETALLE de HABERES y CARGAS
SOCIALES correspondiente a la liquidación que se desea presentar.
De
dicho listado, es posible determinar el importe a informar
en el Sistema DGI-SIJP, una vez generada la DDJJ en su forma habitual.
Para
determinar el monto a informar en la DDJJ, realizar la siguiente
operatoria:
Contr.
RNSS + Contr.ANSSAL + Aporte ANSSAL - Asignaciones Familiares
compensables
De
la Planilla Salario Familiar, se obtiene el monto
total de asignaciones familiares, el que deberá ser analizado en
base a los topes estipulados para la determinación de las asignaciones
compensables.
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