Sueldos
y Jornales para D.O.S.
Cómo
realizar el cálculo de Topes de Plan Médico
Ingresar a la opción
Tope de Planes Médicos correspondiente al punto
Actualización de Tablas del Menú General.
Indicar allí los
diferentes planes y sus respectivos topes según lo informado por
la Obra Social.
Ingresar a la opción
Actualización del Archivo de Personal Permanente
e incluir en el dato Plan Médico, el código que identifique al
plan al que se desea inscribir cada legajo.
Crear un nuevo concepto
de retención, a fin de determinar la diferencia que pueda existir
entre el tope del Plan Médico seleccionado por cada legajo y su
monto Sujeto a Retenciones.
Concepto |
414 |
Nombre |
ADICIONAL
OSDE |
Tipo de
concepto |
Retenciones
en General |
Indicador
de recibo |
Comun a
Todos |
Periodicidad |
Todas las
Liquidaciones |
Vinculación |
No Tiene |
Valor genérico |
0.090 |
Clase |
Permanente |
Informe |
Ninguno |
Fórmula:
si (BASE IMPONIBLE NORMAL (TOTAL) + BASE IMPONIBLE VACAC (TOTAL)
+ BASE IMPONIBLE SAC (TOTAL) + BASE IMPONIBLE GRATIF (TOTAL) )
< PLAN entonces PLAN (BASE IMPONIBLE NORMAL (TOTAL)
+ BASE IMPONIBLE VACAC (TOTAL) + BASE IMPONIBLE SAC (TOTAL) +
BASE IMPONIBLE GRATIF (TOTAL) ) * ADICIONAL OSDE (VALOR GENERICO)
Asociar el nuevo
concepto a aquellos legajos a los que se les liquida Obra Social
con topes, a efectos de verificar la diferencia entre el monto
Sujeto a Retenciones y el monto correspondiente al Plan Médico
al que se encuentra inscripto.
A efectos de realizar
los informes correspondientes a la liquidación, es necesario indicar
el concepto generado para el cálculo del adicional por Obra Social.
Ingresar para ello
al punto Actualización de Aportes y Contribuciones a Obras
Sociales correspondiente a la opción Listados y
Otros Procesos.
Importante:
Tener en
cuenta que el porcentaje de contribución patronal a informar en
la tabla anterior serie equivalente al 5 % para aquellos casos
en los que el contribuyente no registre deuda alguna con AFIP.
El listado de aportes
y contribuciones a la Obra Social será el siguiente:
Importante:
El planteo
anterior sólo podrá aplicarse en aquellas situaciones en que el
empleado se hace cargo del pago correspondiente a la diferencia
entre el Tope de Plan Médico y el monto sobre el que se realizan
los aportes a la Obra Social (60 MOPRE).
En caso que dicha
diferencia sea absorbida por el empleador, será necesario tener
en cuenta las siguientes consideraciones:
El concepto generado
para el cálculo de la diferencia debe reunir las mismas características
que el detallado en el punto 3 del presente documento, con excepción
del dato Tipo de Concepto el que deberá ser Concepto
Puente para Otros Cálculos.
Asociar el mencionado
concepto a cada legajo a través del punto Actualización
de Conceptos por Legajo correspondiente a la opción Carga
de Novedades y Liquidación.
Ingresar luego al
punto Actualización de Aportes y Contribuciones Jubilatorios
de la opción Listados y Otros Procesos.
Dicha tabla
debe reunir las siguientes características:
La tabla de Actualización
de Aportes y Contribuciones a Obras Sociales, solo debe reflejar
los conceptos de retención aplicados sobre el empleado.
Es decir que, para
esta situación, no será necesario agregar el dato ADICIONAL
OSDE.
Al emitir el listado
de Aportes y Contribuciones se observa el siguiente resultado:
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