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Sistema e-Flexware

Cómo realizar la definición de regímenes especiales.

 

Les informamos los pasos a seguir para la definición de regímenes especiales:

 

Nota:

Si Ud. no posee el módulo de cálculo automático de regímenes especiales, sólo deberá tener en cuenta las instrucciones del punto 1 del presente instructivo.
De contar con dicho módulo, si desea que el Sistema calcule automáticamente los importes correspondientes a los regímenes especiales, acceder a las siguientes opciones:

Menú Principal      

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Administrador de Gestión    
 

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Parámetros  
   

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Reg. compr. (solapa de registración de comprobantes)

Marcar la casilla Cálculo automático de Regímenes Especiales.
En este caso, en la tabla de regímenes especiales, además de los datos referenciales, se deben ingresar los datos correspondientes a la forma de calcular los mismos. A su vez, se permite relacionarlos con clientes, proveedores y artículos.
Si no desea que el Sistema realice el cálculo en forma automática, en la tabla de regímenes especiales sólo se deben indicar datos referenciales para luego, en la registración y en la emisión de comprobantes, ingresar los importes en forma manual.

 

  1. Definir los regímenes especiales a través de las siguientes opciones:
Menú Principal      

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Administrador General    
 

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Tablas  
   

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Regímenes especiales

 

Esta opción permite mantener una tabla con los regímenes de retenciones, percepciones y pagos a cuenta de impuestos, tasas y contribuciones.
El Sistema es provisto con la definición de los regímenes especiales de uso habitual.

Para el ingreso de datos correspondientes a regímenes especiales, el Sistema ofrece distintas solapas de acuerdo a si tiene habilitado el módulo de cálculo automático de los mismos:

  • General
  • Cálculo Automático
  • Otros datos

 

General

  • Código: de 4 caracteres. Identifica al régimen. Se sugiere que se referencie la norma que lo establece.
  • Artículo: de 4 caracteres. Este dato permite asignar distintos algoritmos de determinación al mismo régimen especial (porcentajes, topes, bases de cálculo).
  • Descripción: de 25 caracteres.
  • Impuesto: seleccionar el que corresponda al régimen a definir

    IVA
    Ganancias
    Ingresos Brutos
    Municipales
    Otros

  • Tipo de Régimen: seleccionar el tipo de régimen que se define, para el impuesto que se indica:

    Retención: implica una reducción en el monto a pagar al proveedor o una disminución del monto a percibir del cliente, habiendo disponibilidad de los fondos.

    Percepción: implica un incremento del monto a pagar al proveedor o un aumento del monto a cobrar al cliente. Puede haber o no disponibilidad de los fondos.

    Percepción Liquidación Tarjetas: este tipo de percepción no admite algoritmo de cálculo. Debe ingresarse manualmente.

    Percepción Bancaria: este tipo de percepción no admite algoritmo de cálculo. Debe ingresarse manualmente.

    Pago a Cuenta: consiste en la obligación de ingresar una suma de dinero a cuenta del impuesto.

    IVA liberado: está relacionado con regímenes de promoción de Iva. Implica la reducción total o parcial de ingresar o pagar el débito fiscal o crédito fiscal, respectivamente, por operaciones de ventas o compras con empresas promovidas.

  • Habilitado. Esta marca habilita o deshabilita la utilización del régimen en los movimientos de la empresa. Si el régimen no tiene la marca de habilitado, no aparecerá en la lista de selección de regímenes.
  • Régimen S.I.Ap.: El Sistema ofrece la lista de códigos de regímenes de IVA establecidos por la AFIP para el aplicativo S.I.Ap.-IVA. Señalar el código asociado al régimen.
  • Cómputo para las Ventas y para las Compras. Indicar si la Empresa, para este régimen, actúa como sujeto pasible de retención o percepción (en cuyo caso los importes serán a su favor, reduciendo la obligación tributaria) o como agente de percepción o retención (en cuyo caso las sumas registradas representan deudas con la AFIP). Seleccionar la opción correspondiente:

    - A favor del Contribuyente
    - A favor de la DGI

     

Cálculo Automático

En esta solapa se debe informar los datos para realizar el cálculo automático de los regímenes especiales en la emisión de comprobantes. Sólo se tendrá acceso, si se cuenta con el módulo de cálculo automático de regímenes especiales.

La mecánica de cálculo de los regímenes incluye todos o algunos de los siguientes pasos:

  • Determinación de la base de cálculo: Cada régimen tiene su propia definición. El Sistema ofrece una variedad de bases de cálculo que pretende abarcar las posibilidades que pueden presentarse:

    Importe de IVA facturado en el comprobante
    Monto total facturado (excepto percepciones)
    Neto facturado en el comprobante
    Importe de IVA pagado
    Total del pago
    Neto pagado
    Monto por cantidad facturada
    Monto por comprobante
    Acumulado mensual de netos pagados
    Acumulado mensual de totales pagados
    Monto total pagado (neto)

  • Comparación con o deducción del mínimo de base de cálculo: para cada régimen especial se prevé la posibilidad de que, como paso previo a la aplicación del método de cálculo, se compare la base determinada con un mínimo exento o se le deduzca un mínimo no sujeto a retención.
  • Aplicación de la tasa, escala o monto: para la determinación del importe del régimen especial que se trate, a la base de cálculo resultante de un paso anterior, se le pueden efectuar distintas operaciones, tales como: multiplicar por una tasa, aplicar una escala sobre totales, aplicar una escala marginal (generalmente creciente) o asignar un monto. El Sistema ofrece una variedad de procedimientos de cálculo que abarca la mayoría de los casos que pueden presentarse.
  • Comparación con el mínimo: en general, los regímenes especiales prevén que los importes calculados deben compararse con un monto mínimo, a fin de determinar el importe a retener. Se contemplan en el Sistema los siguientes casos: importe mínimo obligatorio, importe mínimo exento y que no posea mínimo.
  • Deducción de los montos retenidos con anterioridad en el mismo período de liquidación: en caso de bases acumulativas, se prevé la deducción de las retenciones o percepciones practicadas con anterioridad.
  • Monto a retener, percibir o pagar: el resultado de los pasos anteriores que correspondan al régimen en cuestión, será el monto a retener, percibir o ingresar.

    Para mayor información, consultar el manual de ayuda provisto en el Sistema.

 

Otros datos

  • Condición SICORE: el Sistema permite generar un archivo de retenciones y percepciones para ser importado desde el aplicativo S.I.Ap - SICORE de la AFIP. Para ello, se deberá indicar para cada régimen especial correspondiente a impuestos recaudados por la AFIP e informados en el SICORE, la condición correspondiente en dicho Sistema.
    Generalmente, se deberá indicar "Respetar condición del Sujeto". Las restantes condiciones están referidas a aquellas opciones del SICORE que no aparecen especificadas en los datos impositivos del proveedor/cliente.
  • DGR Entre Ríos: De similar funcionamiento al punto anterior.

 

  1. Informar para cada empresa, los regímenes especiales para los cuales el Sistema realizará el cálculo automático, indicando si se aplican a clientes / clientes-artículos / proveedores / proveedores-artículo y los comprobantes en los cuales se realiza el cálculo. Para ello, acceder a las siguientes opciones:
Menú Principal      

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Administrador de Gestión    
 

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Tablas  
   

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Regímenes especiales - Empresa

 

Nota:

Tener en cuenta que sólo se deberá informar aquellos regímenes especiales que la empresa utiliza por ser agente de retención/percepción. Es decir, ingresar las retenciones / percepciones que la empresa efectúa, y no las que le realiza otra empresa.

 

Para el ingreso de datos correspondientes a regímenes especiales, el Sistema ofrece distintas solapas:

  • General
  • Compras
  • Ventas

 

General

  • Código-Artículo: este código identifica al régimen para el cual se realiza el cálculo automático dentro del Sistema. Sólo se pueden ingresar regímenes especiales ya definidos a partir de Administrador General/Tablas/Regímenes Especiales.
  • Unidad de Medida para cantidades: este dato se solicitará en el caso de haber seleccionado un régimen cuya base de cálculo sea "Monto por cantidad facturada". Seleccionar la unidad de medida cuya cantidad se aplicará al método de cálculo.

 

Compras

En esta solapa se definen los datos inherentes al cálculo automático de los regímenes especiales en Pagos.

Nota:

Completar los siguientes datos sólo para retenciones. No informarlos para percepciones, ya que en ese caso no es la empresa la que efectúa la percepción, sino quien la sufre.

 

  • Se aplica a: En este punto se puede relacionar el régimen especial definido con:
  • Proveedores: se propondrá la registración de este régimen en las operaciones de pagos con los proveedores a los que se les asigne este régimen especial en la tabla de Proveedores.
  • Artículos - Conceptos por Proveedor: se propondrá la registración de este régimen en las operaciones de pagos en las que el proveedor y los artículos o conceptos tienen asociado este régimen en las tablas respectivas.
  • Comprobantes: Se presenta una grilla de selección donde se muestran todos los comprobantes a los cuáles se les puede asociar el cálculo automático de regímenes especiales.
  • Genera en pagos: Indicar el tipo de comprobante que se utilizará en pagos para documentar la retención. No es obligatorio.

 

Ventas

En esta solapa se definen los datos inherentes al cálculo automático de los regímenes especiales en Ventas.

Nota:

Completar los siguientes datos sólo para percepciones. No informarlos para retenciones, ya que en ese caso no es la empresa la que efectúa la retención, sino quien la sufre.

 

  • Se aplica a: En este punto se puede relacionar el régimen especial definido con:
  • Clientes: se propondrá la registración de este régimen en las operaciones de ventas con los clientes a los que se les asigne este régimen especial en la tabla de Clientes.
  • Artículos - Conceptos por Cliente: se propondrá la registración de este régimen en las operaciones de ventas en las que el cliente y los artículos o conceptos tienen asociado este régimen en sus respectivas tablas.
  • Comprobantes: Se presenta una grilla de selección donde se muestran todos los comprobantes a los cuáles se les puede asociar el cálculo automático de regímenes especiales.

 

  1. Indicar cuáles son los clientes, proveedores, artículos y conceptos a los que se desea aplicar los regímenes especiales anteriormente definidos. De tal manera, el Sistema podrá calcular el valor correspondiente a cada régimen, en forma automática.

    Si se indicó que un régimen especial se aplica a Clientes, se deberá asignar a los clientes a los que corresponda aplicar la percepción. De haber indicado que se aplica a Artículos-Conceptos por Cliente, además de asignarlo al cliente, se deberá asignar a los artículos o conceptos para los que se desea realizar el cálculo.

    Si se indicó que un régimen especial se aplica a Proveedores, se deberá asignar a los proveedores a los que corresponda aplicar la retención. De haber indicado que se aplica a Artículos-Conceptos por Proveedor, además de asignarlo al proveedor, se deberá asignar a los artículos o conceptos para los que se desea realizar el cálculo.

    Para asignar regímenes especiales a un artículo, acceder a las siguientes opciones:

Menú Principal      

Ä

Administrador de Gestión    
 

Ä

Artículos  
   

Ä

Artículos

 

Ingresar a la solapa Impositivos, y acceder a Reg. Especiales (previamente a Modificar, si el artículo ya estaba ingresado).
Se accede a una ventana que tiene una grilla, donde se puede asignar mediante un tilde, regímenes que se apliquen a Artículos-Conceptos por Cliente o a Artículos-Conceptos por Proveedor

Para asignar regímenes especiales a un concepto, acceder a las siguientes opciones:

Menú Principal      

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Administrador de Gestión    
 

Ä

Tablas  
   

Ä

Conceptos

 

Ingresar a la solapa Impositivos, y acceder a Reg. Especiales (previamente a Modificar, si el concepto ya estaba ingresado.
Se accede a una ventana que tiene una grilla, donde se puede asignar mediante un tilde, regímenes que se apliquen a Artículos-Conceptos por Cliente o a Artículos-Conceptos por Proveedor

Para asignar regímenes especiales a un proveedor, acceder a las siguientes opciones:

Menú Principal        

Ä

Administrador de Gestión      
 

Ä

Compras    
   

Ä

Proveedores
   

 

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Proveedores

 

Ingresar a la solapa Impositivos. Se accede a una ventana que tiene una grilla , donde se puede asignar mediante un tilde, los regímenes que se deberán considerar cuando se registre un comprobante de ese proveedor. Los regímenes disponibles serán los que se apliquen a Proveedores o a Artículos-Conceptos por Proveedor.

Para asignar regímenes especiales a un cliente, acceder a las siguientes opciones:

Menú Principal        

Ä

Administrador de Gestión      
 

Ä

Ventas    
   

Ä

Clientes
   

 

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Clientes

 

Ingresar a la solapa Impositivos. Se accede a una ventana que tiene una grilla , donde se puede asignar mediante un tilde, los regímenes que se deberán considerar cuando se registre un comprobante de ese cliente. Los regímenes disponibles serán los que se apliquen a Clientes o a Artículos-Conceptos por Cliente.

Los conceptos no gravados son items que se incluyen en los comprobantes de los circuitos de compras o ventas, los cuales no forman parte de la base imponible para el cálculo del IVA.

 

 

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